Bienvenidos

Hola amig@s, bienvenid@s a este mi rincón que es a partir de ahora también el vuestro.
Entrad con tranquilidad, leed y ved lo que os apetezca. Comentad y criticad cuanto queráis, pero dejadlo por escrito. que de todas las criticas se aprende. Por supuesto de las criticas buenas , como de las buenas criticas pero también y mucho de las criticas malas y por ende de las malas criticas. Todas son validas y sin ninguna duda respetadas, aunque se pueda discrepar.
Saludos

miércoles, 24 de octubre de 2012

NAZISMO ECONOMICO



  


NAZISMO ECONOMICO

Hoy como ayer vuelve a resurgir el imperialismo Nazi.
Ayer con unas armas contundentes y despiadadas para llegar a la supremacía por medio de balas y bombas.
Hoy con otras tan descarnadas como aquellas para llegar al mismo fin pero por otro camino, ya que aquel no les resultó tan fructífero como pensaban, hoy para tal finalidad utilizan el chantaje,  la penuria y la desolación social.
Hoy como ayer, se firma el Tratado de las potencias del Eje y por supuesto hoy como ayer hay colaboracionistas descarnados.
En aquella: la Alemania Hitleriana, la Italia de Mussolini además de Japón como eje principal con la ayuda cruel de la Francia de Vichy y gobiernos satélites y pelotas como Hungría, Bulgaria, Rumania, etc… incluso  Finlandia, aunque no lo firmó con ayuda de colaboracionistas como la España de Franco con su división Azul.
En ésta: la Alemania Merkeliana, la Francia de Sarkozy con la ayuda de los gobiernos subordinados y lameculos, como Finlandia y otros además de con los colaboracionistas como la España de Rajoy.
Hoy como ayer se trata y se trataba de ejercer el poder totalitario.
En la historia de aquella situación el enemigo eran los judíos, los discapacitados, los gitanos, etc... y la necesidad de supeditar a todos ante la gran raza Aria y someter al resto de naciones a los caprichos alemanes
En esta historia el enemigo es el pobre, las clases trabajadoras, los desahuciados, el obrero, los viejos, los enfermos, los estudiantes, etc. Y la necesidad de subyugar a todos ante el capital, los mercados, los grandes bancos y como entonces además subyugar al resto de naciones a los antojos germanos

Cómo me recuerda esta historia a la otra y no entro en otras potencias económicas, por no enrollarme demasiado, ni quiero entrar en la historia curricular de Merkel, Sarkozy, Rajoy, etc. creo que son por todos conocidas.
Algunos dirán que estoy pirado, que soy intransigente, exagerado, etc.
Recapacitad, pensad y elucubrad como yo lo hago y me podréis decir si no tengo razón y en qué no la tengo.
Supongo que en algún momento tendremos que sublevarnos ante tanta insidia, mentira y agresión. Lo que no sé, es cuándo saltará la chispa que haga que la gota rebose ya el vaso de la paciencia, pero algo tendremos que pensar.
Está claro que no quiero para nada las armas que sueltan balas y bombas y dañan la humanidad como lo hicieron ellos en aquella historia, pero supongo que tenemos otras armas, incluso más potentes, para ganar a esta plana de dictadores económicos. Sólo hay que pensar y tener imaginación ya que las tenemos justo en nuestras manos y todos unidos.

©Carpin - 16 / 07 / 2012

martes, 31 de julio de 2012

INDEMNIZACIONES




Definición de la Real Academia de la Lengua Española para el termino “Indemnizar”:
“Resarcir de un daño o perjuicio”.
Otras definiciones de diferentes fuentes:
“Compensar, generalmente con dinero, a una persona por un daño o perjuicio que ha recibido ella misma o sus propiedades.”
“compensar con dinero a alguien por un daño o perjuicio
Nota adjunta recopilada de Wikipedia:
Normalmente se denomina Indemnización de perjuicios o indemnización por daños y perjuicios a aquella acción que se le otorga al acreedor o a la víctima para exigir de parte de su deudor o bien del causante de un daño una cantidad de dinero equivalente a la utilidad o beneficio que a aquél le hubiese reportado el cumplimento efectivo, íntegro y oportuno de la obligación instaurada entre las partes o la reparación del mal causado a la víctima. No obstante su difusión, el término correcto para hacer referencia a este remedio jurídico es resarcimiento, toda vez que con el término indemnización también se suelen mencionar aquellos desembolsos que realiza una empresa de seguro en cumplimiento del contrato suscrito con el asegurado o el pago que efectúa el Estado cuando, en ejercicio de su “ius imperium” (Poder del Estado para poner normas y organizarse, imponer sanciones, hacer expropiaciones, imponer tributos, y administrar los Recursos Públicos.), expropia la titularidad de un individuo con miras a satisfacer una necesidad pública
El resarcimiento puede, en función a su fuente, clasificarse en:
Contractual: Es el que debe pagar un deudor en caso de incumplir un deber contractual, con el fin de resarcir al acreedor por su incumplimiento.
Extracontractual: Es el que deriva de la acción u omisión dolosa o culpable que provoca un daño a otra personas. Dicha acción puede originarse también con motivo de la comisión de un delito.
Antónimos del termino “indemnizar”: “Dañar”, “Agraviar”, “Perjudicar”, “Desequilibrar”, etc.

Ahora yo me pregunto si el “Excelentísimo Sr. D. José Carlos Dívar Blanco”, dimisionario como Presidente del Tribunal Supremo y Presidente del Consejo General del Poder Judicial por su “presunta” falta de ética en el gasto de dinero público durante el ejercicio de sus “funciones”  y para usos y disfrutes particulares, tiene derecho a ser indemnizado o por el contrario debería ser el quien indemnizara al Estado y por ende al pueblo por su, presuntamente, fraudulento uso del dinero público.
Increíble, en este País se conjugan las palabras como a uno más le interesa y si hace falta cambiar las definiciones , pues se hace y tan panchos con tal de vivir del cuento y seguir masacrando las arcas públicas que ellos mismos manejan.
            Y sigo preguntándome si en este País: ¿todo el que tiene poder hace “tabla rasa”? y discurro con serías dudas si el resto de miembros del poder judicial que justifican esa indemnización, la alegan para no perder las suyas o por actuar de igual manera que su Presidente.
Y así, infinidad de “antiéticos” que pululan por nuestro País en todos los rincones del poder, entre la política, el sistema judicial, el sistema bancario, etc.
En fin, que está claro que en esta tierra nuestra las cosas son al revés y los damnificados somos los que tenemos que indemnizar a tamaña plebe de presuntos sinvergüenzas.
©Carpin - 31 / 07 / 2012

martes, 24 de julio de 2012

PROPUESTA DE AHORRO Y ANTI DESPILFARRO (4º) (Senado)


Otro pasito pequeñito para ahorrar y dejar lo superfluo para aportar a lo preciso.
Y digo yo: ¿para qué sirve el Senado?
  • Según la Constitución  se establecen en cuatro grandes funciones sus competencias, como son:
    • Función como cámara Territorial para llevar a efecto:
      • Autorización de los acuerdo de cooperación entre Comunidades Autónomas.
      • Dotación, distribución y regulación del Fondo de Compensación Interterritorial.
      • Adopción de medidas para obligar a las Comunidades Autónomas al cumplimiento forzoso de sus obligaciones constitucionales y legales o prevenir su actuación cuando atente gravemente contra el interés general de España.
      • Apreciación de la necesidad de dictar leyes de armonización de las disposiciones normativas de las Comunidades Autónomas.
      • Además de ejercer sus funciones constitucionales ordinarias (esto es, su actuación como poder colegislador del Estado, su intervención en la autorización para concluir Tratados internacionales, la aprobación del Presupuesto, el control político al Gobierno, la información, estudio e investigación en cuestiones de interés general, etc.) con especial atención sobre los aspectos territoriales de los diferentes asuntos.
    • Función legislativa para:
      • La tramitación parlamentaria de todo texto legislativo se inicia en el Congreso de los Diputados, a diferencia de lo que ocurre en otros países, en los que el autor de la iniciativa puede optar por la Cámara que deberá conocer del texto en primer lugar.
      • Solamente en un caso interviene en el procedimiento legislativo el Senado con prioridad temporal sobre el Congreso de los Diputados: en los proyectos del Fondo de Compensación Interterritorial, excepción al principio general mencionado que se justifica en razón de la concepción del Senado como Cámara de representación territorial. 
      • El Senado no sólo debe deliberar sobre textos ya aprobados por el Congreso de los Diputados, sino que debe hacerlo en un tiempo acotado y breve: dos meses normalmente y veinte días en el caso de que se haya declarado la urgencia; plazo estricto en ambos casos frente al ilimitado del Congreso.
      • Corresponde al Senado, en su función legislativa, oponer su veto o introducir enmiendas a los textos legislativos que le sean remitidos por el Congreso de los Diputados. El veto deberá ser aprobado por mayoría absoluta del Senado y las enmiendas por mayoría simple.
        Si el Senado aprueba un veto, el Congreso de los Diputados podrá ratificar por mayoría absoluta el texto que remitió a la Cámara Alta, o por mayoría simple una vez transcurridos dos meses desde la interposición del mismo. El Congreso, asimismo, se pronunciará sobre las enmiendas del Senado aceptándolas o no por mayoría simple  
    • Función de control e impulso político:
      • de acuerdo con el articulo 66 de la Constitución, ejerce, entre otras funciones, la de control del Gobierno. Esta función, que comprende, en sentido amplio, las facultades de obtener información del Gobierno, someter a debate contradictorio su actuación e instarle a orientar su política en una determinada línea, se plasma en una serie de instrumentos regulados en el Reglamento: las pregunta, las interpelaciones, las mociones, los debates sobre las comunicaciones e informes remitidos por el Gobierno, las comparecencias y las comisiones de investigación y especiales.
    • Función de control de la política exterior:
      • Si el campo de las relaciones internacionales se ha caracterizado tradicionalmente por constituir un dominio reservado para la acción del Poder Ejecutivo, es posible observar cómo en las últimas décadas la democratización de la acción exterior de los Estados se ha traducido en una mayor participación de los Parlamentos en el control de la política exterior y en el desarrollo de una actividad de relaciones interparlamentarias, tanto bilaterales como multilaterales, que cada día adquieren una mayor importancia. El Parlamento español, y más concretamente el Senado, participa plenamente de esta tendencia.
        La manifestación más importante de la participación del Senado en el control de la política exterior es la autorización o denegación de la ratificación de Tratados Internacionales. La Constitución española de 1978 establece en sus artículos 93,94 y 96.2 las modalidades de intervención de las Cortes Generales en la conclusión y denuncia de los mencionados Tratados Internacionales. Con carácter general, los Tratados son examinados por el Congreso de los Diputados y por el Senado, y se requiere la expresa autorización concedida por ambas Cámaras para que el Estado pueda obligarse internacionalmente por medio de aquéllos. Además, cabe indicar que, en este aspecto del control de la política exterior, y frente a lo que sucede en otros ámbitos, en los que el Congreso de los Diputados ostenta una posición de preminencia, los poderes del Senado pueden considerarse prácticamente equiparados a los de la Cámara Baja. Así, en el supuesto de existir un desacuerdo entre ambas Cámaras con respecto a la autorización para obligarse por medio de un Tratados Internacionales, el procedimiento remite, según dispone la Constitución en su articulo 74.2, a la formación de una Comisión Mixta integrada por igual número de Diputados y Senadores, que habrá de tratar de alcanzar un acuerdo sobre la materia, que deberá ser presentado a ambas Cámaras. Si no se concede la autorización de esta forma, decidirá el Congreso por mayoría absoluta.
(NOTA: Información recopilada desde la propia Constitución y de la propia página del Senado.)


-          Por supuesto que respondo según mi criterio a la pregunta que en el principio de este escrito me hacía, ¿Para que sirve el senado?
Para nada de lo que inicialmente se refundó y está reflejado en la Constitución española, como representación territorial, Cámara Legislativa en casos, control e impulso político y control de política exterior.
Para lo único que ha servido y sirve es para recibir la pelota de la Cámara del Congreso y devolvérsela al tiempo y no lo digo yo solamente, sino que algunos de los senadores opinan lo mismo y también lo dicen.
¿Y para eso tenemos 266 Senadores de los cuales 208 son electos en urnas y 58 elegidos a dedo por las cámaras de representantes de las Comunidades?
¿Y para qué tal sinfín de funcionariado al servicio de esta Cámara a mi juicio inútil?


PROPUESTA:
-          Por tanto anulación del Senado, que entiendo hasta el momento no ha cumplido con las funciones para las que ideariamente se refundó.
-          Recoordinación de funciones en la Cámara del Congreso.
-          Recolocación del funcionariado que corresponda adaptándolo según sus capacidades a las necesidades, comunitarias y estatales.
Así entre sueldos, más gastos de representación, dietas, comisiones, funcionariado, etc…¿Cuánto nos ahorraríamos?
(A que ahorrando de esta manera y dejando de despilfarrar, habría ya dinero para las subvenciones necesarias y digo necesarias a la investigación, industria, minería, agricultura, ganadería y pesca de este nuestro país ¿o no?)

©Carpin - 24 / 07 / 2012

lunes, 23 de julio de 2012

PROPUESTA DE AHORRO Y ANTI DESPILFARRO (3º) (Comunidades autonómicas)

Que sí, que sé que me vais a decir que hay que seguir despilfarrando menos y gastar mejor, pues ahora seguiré elucubrando aún un poco más.


Propuesta:
Continuamos apretando un poco más con las Comunidades autónomas
-          Reordenación de todas las Comunidades, todas con los mismos derechos y los mismos deberes teniendo en cuenta por supuesto con la solidaridad a las más desfavorecidas hasta la igualdad total de todas ellas. Nada de autonomías de primera o de segunda, del norte o del sur, nada de autonomías históricas o no. O acaso no todos los pueblos de España no son históricos, no son históricos el reino de Asturias, o el de Castilla, o León o el califato de Córdoba y el reino de Granada.
-          Reducción del número de representantes ampliando la ratio por empadronados.
-          Control estatal de los salarios de los diputados, consejeros y presidente en función de la población editando tablas claras y determinantes sin posibilidad de que los mismos elegidos se determinen sus salarios.
-          Anulación de las dietas y comisiones a los representantes elegidos con cargo, pues la asistencia a plenos etc. es su función y para ello se presentaron libremente para tales cargos y solo dietas reguladas y con justificantes para los representantes con y sin cargo y en función de su asistencia y el padrón por donde has sido elegidos.
-          Pago del kilometraje como a cualquier trabajador en función de el domicilio de cada elegible por el que ha sido elegido para la asistencia a las necesidades de la comunidad.
-          Por supuesto cada elegible tendrá la obligación de ser habitante del pueblo o ciudad por el que va a ser elegido.
-          Elección en listas abiertas y directamente proporcionales al número de votos conseguidos y  sin leyes de D´HONDT, ni gaitas.
-          Ajuste del número de puestos de confianza de libre designación en función de técnicos funcionarios de los que no disponga fehacientemente la comunidad correspondiente.
-          Anulación de todos los coches oficiales, todos vamos a nuestro trabajo con nuestro propios coches y nadie nos paga ese transporte. Solamente coches oficiales para actos oficiales y restringidos a los presidentes y consejeros.
-          Reducción de consejeros, subconsejeros, secretarios y subsecretarios generales y eliminación de cargos puestos a dedo..
-          Reducción todas las empresas publicas dependientes de las Comunidades a las estrictamente necesarias y reunificación de las competencias sin duplicidad con competencias locales y/o estatales
-          Reajuste y reubicación del funcionariado que corresponda, proveniente de las diputaciones provinciales adaptándolos a sus capacidades
(A que ya continuamos ahorrando y dejando de despilfarrar, ¿habría ya dinero para la asistencia a dependientes físicos y psíquicos  y no recortar pensiones o no?)
©Carpin - 23 / 07 / 2012

sábado, 21 de julio de 2012

PROPUESTA DE AHORRO Y ANTI DESPILFARRO (2º)(Diputaciones provinciales)

    Ya, ya sé que vais a decir que hay que despilfarrar menos y gastar mejor, pues ahora vamos a seguir dando vueltas de tuerca.
    En España hay 41 diputaciones provinciales con un coste anual de más de 22.000 millones de euros, con más de 70.000 empleados públicos y cuyas con atribuciones tales como:
    La cooperación y coordinación de los servicios municipales para garantizar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de los servicios de competencia municipal.
    La asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión.
    La prestación de servicios públicos de carácter supra-municipal y, en su caso, supra-comarcal.
    En general, el fomento y la administración de los intereses peculiares de la provincia.
    Las Diputaciones coordinan, en el ámbito de su territorio, los servicios municipales para garantizar su efectiva prestación, cooperando con las entidades locales, preferentemente con población inferior a 20.000 habitantes, cuando la falta de recursos o insuficiente capacidad de gestión impida la adecuada prestación de los servicios municipales obligatorios establecidos en la Ley
    Por tanto y según estas premisas legales.

Propuesta:
    Anulación total de todas las Diputaciones distribuyendo todas las competencias entre ayuntamientos (Que como ya hemos propuesto se reúnan en no menos de 10.000 habitantes) y comunidades, incluidas las forales, que ya paso el tiempo de los derechos de pernada.
    Recolocación del funcionariado en función de su competencia y capacitación entre los ayuntamientos, comunidades y estado. Con lo que sobrarían todos los puestos de confianza en las demás instituciones, pues es seguro que el funcionariado esta más y mejor capacitado para hacerlo mejor.
    Eliminación y todas las empresas publicas dependientes de las diputaciones y reunificación con las de competencias locales, regionales y estatales.
    Ya, ya sabemos que hay que modificar la constitución y me pregunta que después de tantos años no es necesario ponerse al día en articulado, además no se ha hecho ya para otro tema que según algunos tenia mucho interés
    En consecuencia, entre sueldos, comisiones, dietas, de un número de Diputados provinciales indecibles, etc. Y la mejor gestión de los recursos ¿cuanto nos podríamos ahorrar?
    (A que siguiendo con el  ahorro y dejando de despilfarrar, ¿habría ya dinero para la sanidad o no?)
©Carpin - 20 / 07 / 2012

jueves, 19 de julio de 2012

PROPUESTA DE AHORRO Y ANTI DESPILFARRO (1º) (Ayuntamientos)


    Ya, ya sé que me vais a decir que hay que despilfarrar menos y gastar mejor, pues ahora voy a elucubrar aún más.
    Empecemos por la célula política más pequeña, los Ayuntamientos: ¿Nos podemos permitir tanto sueldo de alcaldes, concejales y puestos de confianza de cada alcaldía o tener alcaldías en pueblos de menos de diez mil empadronados?
    En España existen un total de 8.116 municipios (según el INE a 01-01-2012) de los cuales más de 7.300 poblaciones tienen menos de 10.000 empadronados.




Propuesta.-
-          Unificación de Ayuntamientos vecinos hasta superar un mínimo de 10.000 habitantes ya mencionados. (Ya sé que unificar es difícil en función de la egolatría y protagonismo de cada pueblo y que todos sabemos que el peor enemigo y más envidioso es el vecino.)
-          Reducción del número de representantes ampliando la ratio por empadronados.
-          Control estatal de los salarios de los ediles en función de la población, editando tablas claras y determinantes sin posibilidad de que los mismos corregidores se pongan sus propios sueldos.
-          Anulación de las dietas y comisiones a los ediles con cargo, pues la asistencia a plenos etc. es su función y para ello se presentaron libremente para tales cargos y sólo comisión para los ediles sin cargo en función de su asistencia.
-          Por supuesto, cada elegible a edil tendrá la obligación de ser habitante del pueblo o ciudad por el que va a ser elegido.
-          Elección en listas abiertas y directamente proporcionales al número de votos conseguidos y  sin leyes de D´HONDT, ni gaitas.
-          Obligación de dedicación exclusiva a los alcaldes y concejales con sueldo.
-          Prohibición de ostentar dos o más cargos en instituciones superiores, teniendo que dimitir de su cargo de edil.
-          Ajuste del número de puestos de confianza de libre designación en función de técnicos funcionarios de los que no disponga el mencionado Ayuntamiento.
-          Anulación de todos los coches oficiales de Ayuntamientos, todos vamos a nuestro trabajo con nuestros propios coches y nadie nos paga ese transporte.
-          Pago del kilometraje como a cualquier trabajador.
-          Reducción y todas las empresas publicas dependientes de las Ayuntamientos a las estrictamente necesarias y reunificación de las competencias sin duplicidad con competencias regionales o estatales.
-          Reajuste del funcionariado que corresponda proveniente de las diputaciones provinciales
De esta manera entre sueldos, comisiones, dietas de un número de concejales indecibles, cargos de confianza puestos a dedo, funcionarios, etc. y la mejor gestión de los recursos ¿cuánto nos podríamos ahorrar?
(A que ya vamos ahorrando y dejando de despilfarrar. ¿Habría ya dinero para la educación o no?)
©Carpin - 18 / 07 / 2012